top of page

INTRODUCCION

La Constitución Política de Colombia en su artículo 103 establece los mecanismos de participación ciudadana: El voto, el plebiscito, el referéndum, la consulta popular, la iniciativa legislativa, la revocatoria del mandato, el cabildo abierto; además, delega al estado la responsabilidad, promoción y capacitación de las diferentes organizaciones sociales para que tengan presencia y representación en las instancias de poder y decisión, en la planeación, ejecución y control de la gestión pública.

El constituyente al instituir los mecanismos de participación ciudadana, da un voto de confianza al ciudadano en su autodeterminación democrática, para que este controle las formas y los contenidos de la gestión del Estado.

​

 

JUAN JOSE PRIETO GALEANO

NICOLAS VIÑAS AGUSTIN

 

MEDELLIN - COLOMBIA

 

ESTUDIANTES DEL GRADO 11 DEL INSTITUTO SAN CARLOS DE LA SALLE

 

AREA: SOCIALES 

 

CORREOS ELECTRONICOS:

jjpg-@hotmail.com

nicolasvinasagustin@hotmail.com

 

 

PUBLICACION

Marzo 1, 2015. 

- Página web de la Registraduria Nacional del Estado Civil

- Constitución Política de Colombia, 1991 (Versión web).

- http://www.banrepcultural.org/node/79401/

- http://www.monografias.com/trabajos72/mecanismos-participacion-democratica-colombia/mecanismos-participacion-democratica-colombia.shtml#ixzz3TAZASJPy

JUAN JOSE PRIETO GALEANO         -MEDELLIN 

NICOLAS VIÑAS AGUSTIN

bottom of page